Términos y condiciones de alquiler

CONDICIONES SOBRE LA TARIFA, SE INCLUYE:

  • Kilometraje ilimitado (Solo está permitido circular por Andalucía y Gibraltar). Las furgonetas de carga tienen el kilometraje limitado a 400 km por día.
  • Seguro incluido con franquicia (la franquicia es de 0€ para todos los vehículos excepto para las furgonetas de carga: los grupos M, N, O y V)
  • Servicio entrega en el aeropuerto
  • Impuestos incluidos (21% IVA)
  • 2 conductores adicionales sin coste

SERVICIOS EXTRAS

  • Baby Seat/Sillita bebé gratis
  • Elevador gratis
  • Navegador (GPS) 5€/día. Máximo 100€ por alquiler.
  • Entregas después de las 20:00h y hasta las 22:30 horas 20€ por alquiler.
  • Entregas después de las 22:30h y hasta las 09:00 horas 25€ por alquiler.
  • El vehículo se entregará con medio depósito de combustible. El cliente tiene la opción dejar al final del alquiler la misma cantidad de combustible o de pagar lo consumido.

CONDICIONES DEL PAGO

  • El pago deberá realizarse el día de su llegada mediante tarjeta de crédito (Visa, Mastercard, American Express).
  • En caso de reserva pre-pagada también será necesario mostrar tarjeta de crédito en la entrega del vehículo, como garantía.
  • Los pinchazos, rotura (total o parcial) de llantas y neumáticos serán a cargo del arrendatario, al igual que la pérdida de llaves del vehículo, el error de repostaje o los daños en los bajos del coche.

CONDICIONES GENERALES

1.-El vehículo arrendado solo está autorizado a circular por la COMUNIDAD AUTONOMA ANDALUZA Y GIBRALTAR.

El seguro quedará sin efecto si se conduce bajo los efectos del alcohol, drogas o medicamentos contraindicados en cuyo caso todos los daños serán por cuenta del arrendatario.

2.-Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del automóvil y el complementario de responsabilidad civil de las garantías por daños frente a terceros derivadas del uso y circulación de vehículos, con franquicia para el caso de las furgonetas de carga (el depósito de la franquicia deberá de ser garantizado mediante tarjeta de crédito).

3.-Estas coberturas quedan garantizadas por el asegurador con el que el arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguros, y quedan sujetas a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma.

Esta póliza no cubre los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos personales transportados en el vehículo, ni la pérdida total o parcial de esos elementos en el vehículo por robo, vandalismo o accidente de circulación.

4.- No están cubiertos en ningún caso los daños causados en los bajos del vehículo ni en los neumáticos y llantas cuando se produzcan como consecuencia de conducir el vehículo sobrecargado, por encima de los limites autorizados en el Permiso de Circulación y/o en la Ficha Técnica del vehículo o por conducir éste por sitios tales como playas, caminos inapropiados, caminos forestales o de montaña, etc. que no sean carreteras autorizadas y pavimentadas. Cualquier daño en las ruedas, llantas y/o en las llaves del coche, será siempre a cargo del arrendatario.

5.-El arrendatario está obligado a comunicar a ESPACAR en el plazo máximo de 24 horas todo accidente o daño sufrido por el vehículo, como también a tomar las medidas necesarias a su alcance para evitar mayores daños, respondiendo de las consecuencias que pueda tener la demora en el cumplimento de esta obligación.

6.-El arrendatario deberá repostar el vehículo con el tipo de combustible adecuado para el mismo. En caso contrario será responsable de los gastos ocasionados por el traslado del vehículo y la reparación de los daños que se hubieran podido producir en el mismo por el uso de combustible inadecuado.

7.-El arrendatario se compromete a no transportar en el vehículo más personas que las que corresponden a las plazas del coche, ni a tomar parte en carreras u otras competiciones. Tampoco está permitido el subarriendo del vehículo o el transporte de personas a cambio de una contraprestación económica. Se entiende que el arrendatario es único responsable de las sanciones por infracción del Código de Circulación o incumplimiento de otras ordenanzas, respondiendo también de posteriores consecuencias que tengan el mismo origen.

8.-El arrendatario deberá estar en posesión de un permiso de conducir con al menos dos años de antigüedad, haber cumplido al menos 25 años de edad y no superar los 80 años.

9.-Cuantos gastos judiciales y extrajudiciales, incluso minuta de Letrado y derecho de Procurador, ocasionen cualquier reclamación por incumplimiento de este contrato será de cuenta del arrendatario. Este contrato entra en vigor en la hora y fecha que se consigna en las hojas de salida y se firma en prueba de su conformidad, acordándose que para dirimir cualquier diferencia que pudiera surgir será sometida a la jurisdicción de los tribunales de ESTEPONA.

10.-El arrendatario es responsable de la devolución del vehículo en la hora, fecha y lugar indicadas en el contrato de no ser así la cobertura de seguros queda invalidada y además el arrendador estaría incurriendo en un posible delito de apropiación indebida de acuerdo con lo establecido en el artículo 535 del Código Penal.

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que trataremos sus datos personales con la finalidad de realizar gestiones de índole administrativa, contable, operativa y fiscal, así como para enviarle comunicaciones comerciales sobre nuestros productos y/o servicios. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación contractual/comercial o durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal y los trataremos en base a su consentimiento o la ejecución de un contrato o por obligación legal.

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